
Definición
Los miembros observadores son aquellas personas que desean tener acceso a las informaciones genéricas que ofrece la Cámara y participar en los eventos que esta institución organiza, este es el nivel más básico de membresía que la Cámara dispone, y es el tipo de afiliación obligatoria para adquirir cualquier servicio especial que brinde la Cámara, pero al mismo tiempo, los observadores tienen la oportunidad de conocer la dinámica sobre la que funciona esta cámara.
Los miembros observadores disfrutarán de los siguientes derechos:
- Tendrán acceso a los informes de rango público que desarrolle la Cámara.
- Podrán asistir a los eventos de rango público que lleguen a organizarse.
- Podrá hacer uso del logo de la Cámara en sus materiales publicitarios acompañando al logo siempre con la siguiente frase; “Miembro Observador”.
- Deberá estar siempre al día en el pago de la membresía.
- Deberá respetar las condiciones indicadas dentro del “Acuerdo de Afiliación” que dispone la Cámara.
- La asistencia a los eventos organizados por la cámara quedará sujeto a las condiciones que se definan en cada evento.
Requisitos
- Estar en pleno ejercicio de los derechos civiles de acuerdo con las leyes del país ya se trate de personas físicas o jurídicas.
- Ser una persona o entidad jurídica con reconocida solvencia moral.
- Presentar copia de pasaporte.
- En caso de las personas jurídicas, deberán presentar un documento que demuestre el registro legal de la entidad y su capacidad legal para representar y firmar en nombre de esta.
- Rellenar la solicitud de afiliación en el sitio web oficial de la Cámara.